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TCE niega el recurso interpuesto por Yaku Pérez y ratifica la proclamación de los resultados del CNE

Con este pronunciamiento Yaku Pérez queda al margen del balotaje. El TCE le recuerda que no es posible apelar esta sentencia.

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) se pronunció este 14 de marzo de 2021 sobre el pedido de Pachakutik que solicitaba la revisión de las actas inconsistentes de las elecciones de febrero 7 toda vez que el Consejo Nacional Electoral (CNE) solamente analizó 31 de las 27.000 que había solicitado.

En el documento expedido este domingo, el pleno del TCE niega el recurso subjetivo contencioso electoral interpuesto por los señores Yaku Pérez Guartambel y Marlon Santi Gualinga, coordinador nacional y representante legal del movimiento Pachakutik.

Además ratifica el contenido de la resolución número PLE-CNE-1 del 26 de febrero de 2021 emitida por el Consejo Nacional Electoral, que proclamó a Andrés Arauz, de UNES, y a Guillermo Lasso, de CREO, como los candidatos a la presidencia que disputarán la segunda vuelta.

Por último notifica el contenido de la sentencia a los recurrentes, en este caso a Yaku Pérez y al CNE.

El candidato a la presidencia de la República por Pachakutik acusaba a sus adversarios políticos de fraude electoral, denuncia que no tuvo asidero en el Consejo Nacional Electoral, de ahí que elevara el reclamo a una instancia superior, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). 

Según el TCE la solicitud de Yaku Pérez de pedir el recuento de votos de más de 27 mil urnas no tenía sustento legal. 

Yaku Pérez esgrimía que “en 9.587 actas existen diferencias entre los sufragantes de actas de presidentes con actas de asambleístas nacionales, provinciales y/o parlamentarios andinos».

Además, según la documentación presentada por Pérez, había 4.909 actas en las cuales la sumatoria de votos blancos más nulos y válidos era diferente al valor de sufragantes registrado en el acta de escrutinio oficial del Consejo Nacional Electoral, ya que los votos de estas actas alcanzaban un total de 7.278.

También señalaba en el documento entregado al TCE que existían 5.025 actas de asambleístas provinciales que diferían en un total de 22.492 sufragantes respecto a la dignidad de presidentes. Asimismo, según la denuncia, existían 4.945 actas de asambleístas nacionales que diferían en un total de 22.541 sufragantes respecto a la dignidad de presidentes, y 6.033 actas de asambleístas nacionales que diferían de un total de 136.998 sufragantes respecto a la dignidad de presidentes”. 

Con este pronunciamiento Yaku Pérez queda definitivamente al margen del balotaje debido a que esta era la última instancia a la que podía acudir y a que el TCE le recuerda que no es posible apelar esta sentencia. 

Ante la noticia, el líder indígena también se pronunció: «Frente a la deplorable decisión del @TCE_Ecuador que acaba de atentar contra la voluntad popular, hiriendo la #Democracia del Ecuador informo que me pronunciaré en las próximas horas. Seguiremos en resistencia por la #Transparencia, este es el proyecto de todo un país».

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Fuente
El Telégrafo

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